Por Raúl Diez Canseco Terry, ex vicepresidente del Perú
De regreso a Lima (diciembre de 2013), luego de un viaje por países asiáticos y europeos, me encuentro con la grata sorpresa de leer el veredicto final de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, que pone fin a un caso que me afectara enormemente a finales de 2003, cuando algunos sectores de oposición me acusaron injustamente de beneficiar a una tercera persona exonerándolo de pagar el IGV en la prestación de servicios que efectuaba en la zona internacional del aeropuerto Jorge Chávez.
Los cuestionamientos se originaron cuando en abril de 2003 se promulga el Decreto Supremo 047 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Comercio y Turismo. La norma aclaraba y precisaba que, como en todos los terminales aéreos internacionales, la venta de bienes y servicios en las tiendas libres del Aeropuerto Jorge Chávez no estaban afectas al pago del IGV.
No se entendió o no se quiso entender el espíritu de la ley y, entonces, de lo estrictamente técnico se pasó al linchamiento político de alguien que trabajó muy duro en favor del Perú.
No quise involucrar a nadie. En consecuencia, asumí mi responsabilidad política en su momento renunciando a los cargos públicos que ejercía entonces: uno elegido por mandato popular (primer vicepresidente de la República) y otro nombrado por el presidente de la República (ministro de Comercio Exterior y Turismo).
Con estos gestos quise dejar a salvo mi buena reputación y, sobre todo, defenderme y explicarle al país como ciudadano de a pie que dicho decreto no tenía nombre propio como señalaba machaconamente cierta prensa sensacionalista.
Dije, entonces, que lo peor de una sentencia no es que sea injusta; eso puede suceder porque errar es humano y humanos son los que juzgan. Lo cierto es que sabiendo que no hay delito o falta, se condene o se manche la honra de las personas con alevosía y ventaja.
Como adelantara nuestra sinopsis en nuestra Presentación, diez años después y luego de una larga batalla legal,el Poder Judicial declaró improcedente la denuncia que la SUNAT hiciera en 2004 al Tribunal Fiscal, cuyo origen fue el mencionado decreto supremo de 2003.
La decisión de uno de los poderes del Estado pone punto final a un caso que nunca debió tomarse en cuenta. Felizmente, más temprano que tarde el tiempo nos dio la razón.